Licencia concedida a Rodrigo Ramón Varona, María Manuela de Salazar, su mujer, Francisco Borja Varona y Pedro Pascasio Varona para que el privilegio de oratoria privada que tenían concedido pueda ser extendido incluso en los días solemnes y al personal doméstico siempre que no puedan cumplir con dichos preceptos sin detrimento de su salud