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          <titleInfo>
            <title>Impreso que recoge el expediente referente a la Real provisión sobre los nombramientos de alcaldes ordinarios y de hermandad en la provincia de Álava</title>
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            <namePart>W-0 A-832525 F-0 Carlos IV, Rey de España W-0 A-867288 F-0 Sarralde, Felipe Santiago de W-0 A-867293 F-0 San Vicente, Manuel Esteban de W-0 A-859925 F-0 Llano Vea Murguía, Manuel Antonio de W-0 A-850851 F-0 Ortiz de Urbina Gaitán de Ayala, Ramón María W-0 A-850001 F-0 Muñoz de la Torres, Bartolomé W-0 A-868897 F-0 Alegre, José W-0 A-843718 F-0 Iturrate, Bartolomé de W-0 A-853940 F-0 Ruiz de Azúa, Ponciano W-0 A-838588 F-0 Angulo Urbina, Manuel de W-0 A-854524 F-0 Ruiz de Galarreta, Francisco Javier</namePart>
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            <topic>W-0 A-831757 F-0 Alcalde de hermandad W-0 A-867765 F-0 Alcalde ordinario W-0 A-833701 F-0 Nombramiento de cargo W-0 A-832702 F-0 Fueros</topic>
          </subject>
          <note>Expediente</note>
          <note>Impreso que recoge el expediente donde se incluye la Real Provisión sobre los nombramientos de alcaldes ordinarios y de hermandad en la provincia de Álava</note>
          <note>Documentos insertos: 1.- Representación de Justicias, Regimientos, Concejos y vecinos del estado general de los Valles de Zuya, Cuartango y Valdegovía, Hermandades y Villas de los Huetos, Ocio, Mendoza, Estavillo, Arminón, Subijana, Morillas y Ormijana, en la que piden alternancia de pecheros y obles en regentar los oficios de República.(1802, febrero, 24; Madrid) /*|*/ 2.- Pedimento de Manuel Esteban San Vicente en nombre de la Provincia de Álava para que no se llevase a efecto lo mandado por el rey a consulta del Consejo, respetando el acuerdo de la Junta General de la provincia de Álava preservando así los Fueros. (1802, junio, 20) /*|*/ 3.- Pedimento de Felipe Santiago de Sarralde, procurador general de la Hermandad de Badayoz para librar dos despachos, uno para que se sepa formalmente la Real resolución de la Real Chancillería y fin de cesar los pleitos, y otro para que se haga saber a los valles, Hermandades y villas se imprima el Real despacho a todas las Hermandades y justicias de la provincia de Álava. /*|*/ 4.- Auto asesorado del Diputado General Manuel Llano en el que acepta la comisión, y manda se guarde y ejecute según y cómo se contiene, y que se imprima y reparta a Hermandades y justicias. (1802, agosto, 13; Vitoria) /*|*/ 5.- Notificación del auto asesorado a Francisco Javier Ruiz de Galarreta, procurador de número de Vitoria, fiscal de reos por la provincia. (1802, agosto,13; Vitoria) /*|*/ 6.- Envío de la suplicatoria a los señores presidentes y oidores de la Real Chancillería de Valladolid junto con ejemplares impresos autorizados por José García de Andóin y Ponciano Ruiz de Azúa. (1802, agosto, 14; Vitoria) /*|*/ 7.- Certificado de Ponciano Ruiz de Azúa, dando comisión a cualquier escribano de la provincia que con él sea requerido a fin de que se haga saber a las juntas del estado general y los que contradijeron en superioridad el acuerdo de la Provincia. (1802, agosto,16; Vitoria) /*|*/ 8.- Requerimiento y aceptación de Pedro Vicente de Zabala. (1802, septiembre, 23; Vitoria) /*|*/ 9.- Cumplimiento en la villa de Estavillo y Armiñón, su alcalde y juez ordinario acepta y ofrece apoyo al escribano si lo necesitase. (1802, septiembre, 24; Estavillo y Armiñón) /*|*/ 10.- Auto dirigido al alguacil, o bolsero del estado general de hombres buenos de la villa de Estavillo y Armiñón para que congregase a los de su estado, este quedó enterado. (1802, septiembre, 24; Estavillo y Armiñón) /*|*/ 11.- Notificación de las resoluciones a los individuos que componían la junta del estado general de hombres buenos de la villa que se habían congregado en la sala del concejo, quienes una vez informados aceptaron cumplir con el despacho. (1802, septiembre, 24; Estavillo y Armiñón). /*|*/ 12.- Auto de aceptación y cumplimiento en la villa de Ocio, por parte de su alcalde y juez ordinario de ella y su jurisdicción por su estado de caballeros hijosdalgo, ofreciendo ayuda si fuera menester. (1802, septiembre, 25; Ocio) /*|*/ 13.- Auto ordenado por el Juez de comisión de la villa de Ocio dirigido al procurador del estado general de hombres buenos de la villa, para que congregase a la Junta de individuos de su estado, y posterior notificación del asunto al sujeto en cuestión, dándose éste por enterado. (1802, septiembre, 25; Ocio) /*|*/ 14.- Notificación a la junta del estado general de hombres buenos congregados en la sala del concejo, con la asistencia del alcalde y juez ordinario por su estado de caballeros hijosdalgo que presidía la junta, se leyó del despacho con los insertos que contiene y enterados dijeron que cumplirían con las Reales órdenes. (1802, septiembre, 25; Ocio) /*|*/ 15.- Orden del alcalde y juez ordinario de la Hermandad de Los Huetos para que el escribano Pedro Vicente de Zabala hiciera uso de la comisión conferida por el Diputado General de Álava, estando pronto a ayudarle en cuanto necesitase. (1802, octubre, 1; Hueto Arriba) /*|*/ 16.- Auto ordenado por el juez de comisión en Hueto Abajo dirigido al procurador general del estado de hombres buenos de la villa, para que congregase a los que componían su Junta en el sitio de costumbre, haciéndosele saber cuál era el asunto, una vez enterado respondió que serían convocados al día siguiente. (1802, octubre, 1; Hueto Arriba) /*|*/ 17.- Cumplimiento en el Valle de Zuya, tras la orden del alcalde y juez ordinario por su estado noble de este valle y su jurisdicción, para que el presente escribano hiciera uso de la comisión que tiene aceptada. (1802, octubre, 1; Sarría) /*|*/ 18.- Auto ordenado por el Juez de comisión dirigido a la persona encargada de congregar a la junta del estado general del valle, para que los congregase en el sitio y forma de costumbre, donde serían informados de la providencia. (1802, octubre, 1; Sarría) /*|*/ 19.- Diligencia de Pedro Vicente de Zabala, dice que no se pudo congregar la junta de pecheros porque el procurador del estado de hombres buenos del valle, encargado de congregar a los individuos de su estado, se hallaba fuera del juzgado, por lo que no pudo verificarse la notoriedad. (1802, octubre 1; Amézaga) /*|*/ 20.- Notificación a la junta del estado general de la Hermandad de Los Huetos reunida para tal efecto del despacho del Diputado General que motivó la diligencia, una vez enterados acordaron guardar, cumplir y ejecutar el decreto. (1802, octubre,2; Hueto Abajo) /*|*/ 21.- Cumplimiento en la villa de Mendoza, dada la orden por el alcalde y juez ordinario de la misma, añadiendo que en caso de necesitarlo se le daría auxilio para su ejecución. (1802, octubre,2; Mendoza) /*|*/ 22.- Auto ordenado por el Juez ordinario dirigido a la persona encargada congregase a la junta del estado general de la villa, al mismo tiempo se le dieron a conocer los antecedentes autos. (1802, octubre, 2; Mendoza) /*|*/ 23.- Notificación a la junta del estado general de la villa de Mendoza, una vez congregados según su costumbre, acordaron guardar, cumplir y ejecutar el decreto. (1802, octubre, Mendoza) /*|*/ 24.- Cumplimiento en Cuartango, el alcalde y juez ordinario del valle y su jurisdicción, dio consentimiento para que se llevase a cabo la comisión. (1802, octubre, 4; Villamanca) /*|*/ 25.- Auto ordenado por el juez de comisión dirigido al procurador del estado y junta de hombres buenos pecheros del valle y Hermandad de Cuartango. (1802, octubre, 4; Villamanca) /*|*/ 26.- Notificación al teniente de procurador del estado llano de dicho Valle en ausencia del titular, del auto antecedente. (1802, octubre, 4; Urbina) /*|*/ 27.- Notificación al estado general del valle y Hermandad de Cuartango, el escribano Pedro Vicente de Zabala les notificó el despacho del Diputado General con los insertos que contiene, quienes enterados dijeron que cumplirían sin contravenir de forma alguna. (1802, octubre, Tortura) /*|*/ 28.- Cumplimiento de las Villas de Subijana, Ormijana y Morillas, el teniente de alcalde y Juez ordinario de ellas, dio su consentimiento para llevar a cabo la comisión. (1802, octubre, 4; Ormijana) /*|*/ 29.- Auto ordenado por el juez de comisión, dirigido al procurador del estado general de la Hermandad de Morillas para que congregase a su Junta, sin dilación se procedió a informar de los autos a dicho procurador. (1802, octubre, 5; Morillas) /*|*/ 30.- Notificación al estado general de la Hermandad de Morillas, del despacho del Diputado General, reunidos en la casa de concejo sin asistencia del alcalde, los asistentes dijeron quedar enterados y acordaron firmar esta diligencia. (1802, octubre, 5; Morillas) /*|*/ 31.- Notificación del despacho del Diputado General de Álava y del auto de cumplimiento de esta Justicia al procurador del estado general del Valle del Zuya, enterado de su tenor dijo que congregaría su junta para el día 7 del mes corriente. (1892, noviembre, 5; Amézaga) /*|*/ 32.- Notificación al estado general del Valle de Zuya, reunido según uso y costumbre, quienes enterados obedecerían en lo que se les ordena y manda sin contravenir el decreto pero, sin embargo, que no les corra perjuicio a los derechos que les asisten. (1802, noviembre, 7; Vitoriano) /*|*/ 33.- Auto ordenado por el alcalde y juez ordinario en el Real Valle de Valdegovía y su jurisdicción, y del estado noble de hijosdalgo, para que se expidiesen las circulares correspondientes a fin de congregar a los individuos del estado general del valle, con el fin de notificarles el despacho y posteriormente ejecutada la diligencia se remitiese al tribunal del que procedía. (1802, noviembre, 15; Villanueva de Valdegovía) /*|*/ 34.- Certificación del escribano Manuel de Angulo diciendo que habían sido expedidas las convocatorias correspondientes y entregadas para su distribución a los regidores del estado general de hombres buenos en los pueblos en que hubiere individuos del mismo Estado. (1802, noviembre, 15; Villanueva de Valdegovía) /*|*/ 35.- Notificación de la Real provisión y su insertos a la Junta del estado general del Valdegovía, que una vez enterada dijo obedecerla. (1802, noviembre, 16; Gurendes)</note>
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